La regulación de motocicletas y de los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) tendrá un nuevo componente administrativo en la Ciudad de México. El Congreso capitalino aprobó una reforma al Código Fiscal local para incorporar estos vehículos a las licencias tipo A1 y A2, con costos de 572 pesos y mil 142 pesos, respectivamente.
De acuerdo con el dictamen aprobado el 22 de septiembre, la licencia A1, con vigencia de tres años, permitirá conducir motocicletas y VEMEPE, mientras que la A2 permitirá manejar vehículos particulares, motocicletas y VEMEPE. La Secretaría de Administración y Finanzas mantiene actualmente esos mismos montos para las licencias A1 y A2 de tres años.
La modificación no significa que los usuarios deban pagar únicamente por la licencia. El registro y control vehicular de los VEMEPE constituyen trámites independientes, por lo que quienes utilicen estos vehículos deberán considerar también las obligaciones relacionadas con su alta ante las autoridades de movilidad.
El Congreso señaló que la reforma a los artículos 224 y 229 del Código Fiscal capitalino busca incorporar las cuotas correspondientes a los servicios de registro, control vehicular y licenciamiento de los VEMEPE, obligaciones que ya se encuentran contempladas dentro del marco de movilidad de la ciudad.
En materia de registro, la plataforma de trámites de la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ya contempla el alta de vehículos eléctricos personales y distingue entre los tipos A y B. El trámite contempla la obtención de placas, tarjeta de circulación y distintivos de movilidad eléctrica, según las características del vehículo.
La discusión legislativa también expuso diferencias entre los grupos parlamentarios. Mientras legisladores de Morena señalaron que las cuotas corresponden a derechos por servicios administrativos y buscan facilitar la regularización, diputados del PAN cuestionaron que la reforma debería concentrarse en reglas de circulación y seguridad vial, y no únicamente en aspectos recaudatorios.
Otro punto relevante es que la reforma todavía requiere su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que pueda entrar en vigor. Por ello, los nuevos alcances deben distinguirse entre lo aprobado por el Congreso y las obligaciones que sean exigibles formalmente una vez concluido el procedimiento legislativo correspondiente.
La medida se suma a los cambios regulatorios que durante 2026 han buscado incorporar a los vehículos eléctricos de baja velocidad al sistema de movilidad capitalino. La información oficial de la Ciudad de México señala que los VEMEPE que superen determinados límites de velocidad y peso están sujetos a registro y, conforme a las disposiciones aplicables, a obligaciones específicas de licencia y matrícula.
Para los usuarios, el principal efecto será la necesidad de diferenciar entre licencia de conducir y registro del vehículo. La primera acredita la autorización para conducir determinados tipos de unidades; el segundo permite incorporar el vehículo al padrón correspondiente. Son trámites distintos y, por tanto, pueden generar costos separados.
Con la reforma, la CDMX busca cerrar un vacío administrativo relacionado con vehículos como scooters y otros medios eléctricos personales. Sin embargo, su impacto dependerá de la publicación de las modificaciones, de las reglas específicas que se apliquen a cada tipo de VEMEPE y de la capacidad de las autoridades para hacer compatible la nueva regulación con las condiciones de circulación y seguridad vial.
