La responsabilidad laboral, ética y legal de Melissa Vargas quedó bajo cuestionamiento formal luego de revelarse que Carlos Alexander Ortiz Sánchez intentó comunicarse con ella para solicitar auxilio antes de morir atropellado en los carriles centrales de Paseo Tollocan. La dirigente política perteneciente al Partido Revolucionario Institucional (PRI) desvió la atención pública hacia los compañeros universitarios del fallecido, ocultando en su primera declaración pública que el estudiante figuraba en su nómina operativa y que desestimó sus comunicaciones de emergencia.
Ortiz Sánchez, de 22 años y alumno de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UAEMéx, prestaba servicios directos para las actividades políticas y de difusión de Vargas. Testimonios recabados entre su círculo universitario inmediato revelan que la relación jerárquica obligaba al joven a mantener disponibilidad técnica constante, factor que motivó sus reiterados intentos de comunicación directa cuando se encontró impedido para retornar a su domicilio por sus propios medios.
El esquema de deslinde ejecutado por Vargas mediante la publicación de un video institucional en sus canales oficiales buscó fijar la culpabilidad en el entorno estudiantil, señalándolos por supuesta falta de solidaridad cívica. Dicha maniobra comunicacional omitió transparentar el historial de llamadas entrantes desviadas por su propia línea telefónica durante la misma franja horaria en la que se gestaba la situación de riesgo que culminó en la vialidad mexiquense.
Especialistas en derecho penal y laboral subrayan que la figura del deber de cuidado adquiere relevancia jurídica cuando existe una relación de subordinación comprobada entre una figura pública y su personal operativo. La retención de información sobre los mensajes de auxilio previos a la muerte del joven podría constituir una falta al deber de testimoniar con veracidad ante el Ministerio Público, afectando la integración de la carpeta de investigación penal.
El señalamiento público emitido por la priista derivó en campañas sistemáticas de acoso digital contra los alumnos que estuvieron presentes en el convivio previo. La instrumentalización de plataformas virtuales para transferir responsabilidades individuales sin sustento judicial previo activó la intervención de representaciones legales universitarias, las cuales exigen que la Fiscalía mexiquense cite a comparecer a Vargas para declarar sobre el cruce de llamadas telefónicas.
La legislación laboral vigente en el Estado de México y la Ley General de Responsabilidades Administrativas contemplan sanciones para quienes, ejerciendo funciones de mando o representación de interés público, incurran en omisiones graves de auxilio o utilicen su posición mediática para entorpecer el esclarecimiento de hechos que involucren la integridad física de sus subordinados.
Hasta el momento, la oficina de comunicación de Melissa Vargas no ha emitido una aclaración ministerial respecto a los motivos técnicos por los cuales las llamadas del estudiante de ciencias políticas fueron desviadas o ignoradas en repetidas ocasiones. La carpeta de investigación continúa en fase de recopilación de pruebas periciales para deslindar tanto la responsabilidad del conductor que embistió al joven como las negligencias previas cometidas por su entorno empleador.

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